Comisión Permanente de Género y Diversidad

Presentamos un proyecto para que se cree la Comisión Permanente de Género y Diversidad, para que todo lo referido a estas temáticas pueda ser abordado desde un espacio específico, con la responsabilidad e importancia que merecen.

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:

Los cambios ocurridos en la materia legislativa con relación a los Derechos Humanos y garantías y la necesidad de actualización del Reglamento Interno de este Honorable Concejo Deliberante, en lo que se refiere a las Comisiones de Asesoramiento Permanente Artículo 66 y el contenido del Artículo 168 del mismo.

CONSIDERANDO:

Que la composición actual de Comisiones Permanentes de este cuerpo abarca un amplio abanico de temáticas y deja afuera otras que, por su importancia, ameritan ser reconocidas.

Que en los últimos años, la República Argentina ha sido un referente en Latinoamérica en cuanto a inclusión y al reconocimiento de Derechos y Garantías de las personas como tal.

Que este reconocimiento, permitió en materia legislativa, la creación de Leyes de protección y promoción de derechos que garantizan la igualdad de Género y Diversidad.

Que la Ley de Identidad de Gènero Ley 26743, sancionada el 9 de mayo de 2012, reconoce que toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad segùn su perceciòn y que debe ser tratada conforme a ella en todos los espacios institucionales.

Que es necesario, garantizar el acceso igualitario a las políticas públicas, para construir una sociedad más justa y más equitativa, que pueda ser capaz de enriquecerse con la diversidad.

Que la Ley de protección integral a las mujeres, Ley 26485, sancionada: el 11 de marzo de 2009, contempla la protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales.

Que esta ley garantiza todos los derechos reconocidos por la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos de los Niños y la Ley 26.061 de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Que a su vez las leyes sobre violencia de género obligan a la creación de una Comisión Permanente que trate específicamente esta problemática.

Que es función del Poder Legislativo dar lugar a lo que la sociedad está reclamando, y la sociedad reclama estos espacios institucionales para seguir avanzando en pos de la equidad y la erradicación de todo tipo de violencias basadas en desigualdades entre los géneros.

Que la creación de una “Comisión de Género y Diversidad” busca incorporar la perspectiva de género para reconocer las desigualdades existentes, y así trabajar para subsanarlas.

Por lo expuesto, el Bloque de Concejales de CAMBIEMOS propone y solicita al Honorable Cuerpo el tratamiento y sanción del siguiente proyecto de:

ORDENANZA N° 26.708/18

Artículo 1º. MODIFÍCASE el Artículo 66. del Capítulo IX- De las Comisiones de Asesoramiento del Reglamento Interno de este cuerpo deliberativo, cambiando en el Ítem 1) el nombre de la actual Comisión Permanente de “MUJER, MINORIDAD Y FAMILIA” por el de “Familia, Niñez y Adolescencia, y Adultos Mayores”. MODIFÍCASE en el ítem 10) el nombre de la Comisión Permanente de “Seguridad y Derechos Humanos” por el de “Justicia, Seguridad y Derechos Humanos”.

Artículo 2º.  CRÉASE la Comisión Permanente “GÉNERO Y DIVERSIDAD”, la cual se incorpora al reglamento interno del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE en el ítem 11) del artículo 66.

Artículo 3º. MODIFÍCASE el artículo 67 “COMPOSICIÓN” conforme artículo 1º del presente. Incorpórase la Comisión Interna del trabajo: GÉNERO Y DIVERSIDAD la que se compondrá de cinco (5) miembros.

Artículo 4º. La Comisión “Familia, Niñez y Adolescencia, y Adultos Mayores”, tendrá como competencia todo asunto o proyecto relacionado con la familia, la niñez y la adolescencia y el adulto mayor, en sus aspectos económico, social, jurídico, político y técnico.

Artículo 5º. La Comisión de “Justicia, Seguridad y Derechos Humanos” entenderá en todos aquellos asuntos o cuestiones que tengan relación directa con la organización y administración de justicia y sobre todo lo relación con el ejercicio de los derechos humanos, garantías individuales y acceso a la justicia. Con respecto a Seguridad, analizará y dictaminará sobre todo asunto o proyecto que guarde relación con temas inherentes a brindar un mayor grado de protección a la ciudadanía en general. Incluye temas de guardia comunal, Policía Comunal, Cámara de Seguridad, Foros de Seguridad, relación con fuerzas de seguridad Nacional y/o Provincial, alarmas antipánico, sistema de GPS, Sistema de Alerta vecinal, Comando de Patrulla Comunitario y todo otro asunto relativo a la seguridad pública y ciudadana. 

Asimismo, dictaminó en todos los temas vinculados a las empresas de seguridad privada y asuntos penitenciarios y cuestiones conexas (tales como Patronato de liberados, Casas o Refugios para visitas de detenidos, políticas locales que permitan la reinserción laboral de los liberados, etc; en concordancia con las leyes nacionales y provinciales que regulen la actividad.

En el caso de Derechos Humanos, entenderá en todo hecho o acto de abuso, maltrato, discriminación, marginación, exclusión, denegación de justicia que afecten a los ciudadanos individual o colectivamente, ejercidos por la fuerza pública u otro poder que actúe sin justificación o ilegalmente.

Podrá atender, analizar y ordenar investigaciones sobre cuestiones relacionadas con las violaciones a los derechos humanos que ocurran o hayan ocurrido en esta jurisdicción, propuestas referidas a la preservación y/o vinculación de los Derechos Humanos, Garantías Constitucionales e Internacionales en su más amplia concepción.

Artículo 6 La Comisión de “GÉNERO Y DIVERSIDAD”, dictaminará sobre la protección y la promoción de los derechos de la mujer y la igualdad de género, toda iniciativa que procure avances concretos y profundice y fortalezca la conciencia de la comunidad, sus organizaciones y sus dirigentes en la temática de igualdad de género. Trabajar las problemáticas estrictamente orientadas a la creación de normas que consagra en la igualdad entre las mujeres y hombres. Llevar adelante proyectos de políticas públicas destinadas a prevenir y erradicar la violencia por motivos de Género y Diversidad en nuestra ciudad. Trabajar en conjunto con las instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil, desde la perspectiva de género; en función de dar un marco legislativo a lo que desde dichos organismos se propongan.

Artículo 7º, Por Secretaría, comuníquese al Departamento Ejecutivo, Honorables Concejos Deliberantes de cada Municipio de la Provincia de Buenos Aires, Regístrese y publíquese.

Artículo 8º: De forma.

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